COMUNICADO CLEMIC POR IMPUTACIÓN POR TASAS E IMPUESTOS 2024

En el marco de la reciente resolución de la Secretaría de Comercio Nacional sobre la prohibición de incluir tasas municipales en las facturas de electricidad, CLEMiC comunica a sus socios y usuarios que sigue el caso muy de cerca junto a su asesor legal buscando siempre la transparencia en sus operaciones.  

La medida, que afecta a más de 100 cooperativas cordobesas y más de 800 a nivel nacional (según información recabada), surge en medio de una disputa política entre jurisdicciones de los gobiernos municipales, provinciales y nacionales, generando un contexto de incertidumbre que también involucra a nuestra cooperativa.  

Con respecto a esto, desde la cooperativa queremos aclarar varios puntos: 

  • La cooperativa nunca ha realizado cobros indebidos o no autorizados por ley en sus facturas. Con las tasas municipales actuamos como agentes recaudadores y de percepción según establecen las ordenanzas de cada localidad donde brindamos servicios (o sea en cumplimiento de Leyes que provienen de cada Municipio o Comuna). 
  • La CLEMiC siempre ha cumplido con la Ley Provincial 10.545 que regula, entre otros temas, los ítems de la factura de los servicios públicos, como es el caso del Alumbrado Público. 
  • Ante las acusaciones de que la cooperativa no ha respetado normativas emanadas de la Secretaria de Comercio  dependiente del Ministerio de Economía de la Nación y que en consecuencia debe pagar una multa, aclaramos lo siguiente: Siempre nos hemos mantenido en su estricto cumplimiento normativo y lo sucedido responde – como  se dijo – a disputas políticas entre jurisdicciones de las que somos ajenos
  • En relación con dichos desafortunados y tendenciosos de que la cooperativa está cobrando por servicios que no se prestan, debemos indicar que es un grosero error, puesto que los servicios son prestados por los Municipios y solo la CLEMiC oficia de agente de percepción de dinero que es trasladado a cada Municipio y Comuna en cumplimiento estricto de la ley (no es dinero que queda en la Cooperativa). La tasa de alumbrado público es un claro ejemplo de ello, si la cooperativa no realizara el cobro del servicio y los municipios no abonaran por el consumo de dicho rubro, los vecinos tendrían a oscuras sus calles. 
  • Finalmente, se hace saber que desde el Área Legal ya se ha efectuado el correspondiente descargo ante el Ministerio de Economía de la Nación, ofreciendo pruebas contundentes que apoyan los sólidos fundamentos de la posición adoptada por la CLEMiC, en estricto cumplimiento de Leyes de Orden Provincial (inclusive la Constitución de la Provincia de Córdoba) y Ordenanzas y Resoluciones Comunales locales.-   
  • Dichos fundamentos se basan especialmente en que la materia tributaria es poder no delegado de las provincias a la nación; y por derivación lo propio ocurre con sus órganos de control, cuestión asumida por el ERSeP (Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba).

La CLEMiC reafirma su compromiso de mantenerse dentro del marco legal, cumpliendo con las disposiciones y regulaciones aplicables, siempre con la transparencia que caracteriza a nuestras gestiones. Nuestra prioridad sigue siendo brindar un servicio de calidad a nuestros socios y usuarios, alineándonos con los valores cooperativos que nos definen.  

Agradecemos a nuestros socios su confianza y paciencia durante este proceso, y los mantendremos informados sobre cualquier novedad relacionada con este tema.