CLEMiC invita a verificar la infraestructura eléctrica antes de invertir en la compra de un terreno

Empleada de clemic sostiene formulario
La COOPERATIVA LIMITADA DE ELECTRICIDAD DE MINA CLAVERO (CLEMiC) informa a la comunidad y a los potenciales compradores de lotes en su área de jurisdicción sobre la relevancia de verificar la infraestructura eléctrica antes de adquirir un terreno.

La COOPERATIVA LIMITADA DE ELECTRICIDAD DE MINA CLAVERO (CLEMiC) informa a la comunidad y a los potenciales compradores de lotes en su área de jurisdicción sobre la relevancia de verificar la infraestructura eléctrica antes de adquirir un terreno.

La CLEMiC alerta a los compradores acerca de prácticas de algunos loteadores que ofrecen y venden terrenos solo con la copia de la FACTIBILIDAD DE SUMINISTRO ELÉCTRICO, sin haber llevado a cabo las obras de infraestructura necesarias.

Esta situación podría resultar en la imposibilidad futura para los compradores de disponer del suministro eléctrico.

Es crucial que los compradores se aseguren de que el loteador haya cumplido con todas las obligaciones establecidas por el REGLAMENTO DE SUMINISTROS DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA LOS SERVICIOS PRESTADOS POR LA CONCESIONARIA, según lo establece el Anexo VIII del Contrato de Concesión del Servicio Público de Distribución de Energía a Distribuidores Cooperativos de la Provincia de Córdoba, aprobado por Resolución General E.R.Se.P N.º 11/2005.

De acuerdo con este reglamento, en el caso de loteos privados u oficiales, el propietario del loteo debe llevar a cabo, por su cuenta, las obras de infraestructura eléctrica necesarias, que incluyen líneas primarias, subestaciones completas y líneas secundarias, para permitir que la CLEMiC brinde el servicio a los solicitantes. Estas instalaciones deben cumplir con las condiciones establecidas por la Reglamentación para Electrificación de Loteos, aprobada por Decreto N° 1076/2000 y demás normativas vigentes.

La CLEMiC destaca los siguientes puntos claves del reglamento:

  • El propietario del loteo debe construir el sistema eléctrico necesario antes de otorgar servicios a los solicitantes.
  • Las instalaciones eléctricas deben cumplir con las condiciones establecidas por la Reglamentación para Electrificación de Loteos.
  • La provisión de materiales y ejecución de los trabajos estarán a cargo del propietario del Loteo, con supervisión de la CLEMiC.
  • Una vez finalizadas las obras y aprobadas por la CLEMIiC, las instalaciones se transferirán en carácter de donación a esta, quien se hará cargo de su mantenimiento.

La CLEMiC insta a los compradores a consultar el reglamento completo y a asegurarse de que se cumplan todas las condiciones antes de realizar cualquier compra de terrenos o lotes. Para consultas adicionales, la CLEMiC está disponible para brindar asesoramiento.