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Raíces de Clemic – Capítulo 4: 1952-1953

La historia contada directamente por sus protagonistas

A pesar de la crisis económica mundial que se había iniciado a principios de 1950, y que ya estaba repercutiendo en el país durante el primer semestre del año 1952, continuaba siendo un nuevo período de consolidación y afianzamiento de la Cooperativa, con un ejercicio vencido el 30 de Junio de 1953, donde han tenido la satisfacción de ver como se había ensanchado el servicio de energía y cómo aumentaba el rendimiento de la usina gracias a las mejoras introducidas en las redes y en los motores, en el cambio de corriente y sobre todo, en la colocación de medidores a todos los usuarios.

N. de la R.: Para ver el crecimiento de la Cooperativa se había elaborado un informe estadístico a requerimiento de  la FACE (Federación Argentina de Cooperativas Eléctricas) y que año tras año transcendería para conocimiento de la masa societaria. Foto: Informe Anual de la situación de la Cooperativa

Si bien durante este ejercicio hubo un aumento de rendimiento existió un momento de un importante atraso de pago de los consumos por parte de los usuarios por lo que el Consejo de Administra­ción envió una circular indicándole a los socios como límite para pagar deudas el día 31 de Enero de 1953, indicando que indefectiblemente procedería al corte del servicio de energía eléctrica a partir del 1º de Febrero, a lo cual los socios respondieron positivamente.

Ese aumento de rendimiento, a pesar de que había disminuído la producción con respecto al período anterior en un 5,32% (en total 21.860 kWh menos), permitió un aumento de la corriente vendida durante el mismo período (38.252 kWh más) con lo que aplicado el aumento de los combustibles, lubricantes y demás renglones que gravitaban sobre el costo de producción, les había sido posible mantener las tarifas anteriores, amortizar en su totalidad las reparaciones efectuadas en el ejercicio (muchas de las cuales podrían haber sido consideradas como mayor valor que las maquinarias), incrementar el fondo de despidos e indemnizaciones por Ley 11.729, y proponer un interés de 6% al capital accionario, el mayor que se había pagado hasta ese momento.

N. de la R.: La producción había disminuido pero había aumentado el rendimiento y los cambios que se habían producido de un ejercicio a otro lograron un aumento en la venta de corriente en un 12,90 %. Foto: Línea de Energía Eléctrica

Para resaltar nuevamente, sobre todo desde el inicio de vida de la Cooperativa, es que los integrantes de los Consejos de Administración salían como garantía solidaria de los prestamos que solicitaban a las entidades crediticias, en favor de toda la masa societaria y respaldo para el crecimiento de la institución, solicitando a los asociados se comprometan en mantener al día el pago de sus consumos de energía.

N. de la R.: El 4 de Marzo de 1950 fue la primera vez que el Consejo de Administración en reunión del cuerpo había resuelto comunicar a los morosos que debían ponerse al día y abonar sus deudas. En este ejercicio nuevamente evidenció la necesidad de una nueva comunicación a los usuarios que mantenían consumos impagos atrasados.

Biografías para el Reconocimiento de la Labor realizada

En los capítulos de Raíces de Clemic y durante el desarrollo de los acontecimientos dedicamos especialmente un lugar dando los nombres de aquellos pioneros y quienes los siguieron con un homenaje histórico tanto a los fundadores, a los socios y accionistas, como a los que brindaron sus servicios como consejeros y a todas las personas y entidades oficiales, privadas y particulares que fueron parte del impulso cooperativista en nuestra región,tanto In Memoriam para no olvidarlos, como cuando sea el tiempo de la digna labor realizada y debamos expresar nuestro agradecimiento.

N. de la R.: A través de este espacio nos encontramos con familiares de los primeros asociados: nietos, biznietos, sobrinos, sobrinos nietos, etc, que nos agradecen el hecho de poder recordar a los que ya no están con nosotros y a quienes expresamos nuestro homenaje que merecen, decirles que durante el desarrollo de Raíces de Clemic recordando la historia desde 1949, iremos publicamos los nombres de los socios, accionistas, consejeros, y benefactores que son nombrados en las Asambleas y de participación integrando los consejos de cada ejercicio, con el deseo también de poder publicar notas biográficas que obtengamos en las entrevistas y las que ubiquemos en los registros.

Por el hecho de conseguir información posteriormente a las publicaciones que realizamos de cada ejercicio mencionados anualmente o por períodos como “capítulos”, procederemos con el mismo criterio e ímpetu que ellos propusieron, para no dejar en el olvido la información que obtengamos.

N. de la R.: Parte de la información que obtuvimos se encontraba a resguardo en archivo, documentación  que fuera rescatada y hoy a nuestro cuidado, por personal de la Cooperativa como el Ing Osvaldo José, Gerente Técnico durante más de tres décadas, y el Sr. Enrique Félix Clérici, ex consejero y Sub Gerente de la Cooperativa, que estarán siempre presentes no sólo en la historia de la Cooperativa sino también en nuestros corazones; ellos fueron, siguiendo el compromiso de los empleados más antiguos, los que fueron  convocados a preservarlas en el tiempo, de las inundaciones históricas que sufrieron el depósito y las oficinas administrativas cercanas al Río Panaholma, sobre todo la recordada creciente del año 1993 durante la cual se destruyeron muchos registros y documentos que  quedaron también inutilizados e ilegibles por el agua y el barro. Foto: Hoja Inicial del Libro Copiador de Cartas del año 1953

Año 1952 / 1953 – Inicio de la Cuarta Asamblea General Ordinaria

Este cuarto ejercicio, con un Consejo de Administración convencido de que para el próximo las perspectivas serían aún más halagüeñas que aquel, pues estimaban que con la inauguración de la red de alta tensión el rendimiento habría de ser mayor y el consumo debería aumentar en proporción a las nuevas líneas que se estaban tendiendo, por lo que el Consejo estudió hasta la posibilidad de rebajar las tarifas.

El informe del ejercicio fue presentado en la Asamblea del día 19 de Setiembre de 1953 a las 15 horas, en el salón del Hotel Aguirre, anfitrión destacado desde el inicio de la fundación y creación de la Cooperativa Limitada de Electricidad de Mina Clavero, en donde, resumiendo lo más importante, se trataron los siguientes temas:

  1. Lectura y Consideración de la Memoria, Balance General, Cuenta de Pérdidas y Excedentes e Informe del Síndico; correspondiente al Cuarto Ejercicio, que abarcaba el período comprendido entre el 1º de Julio de 1952 y el 30 de Junio de 1953.
  2. Consideración del interés a las acciones y el retorno por excedentes recomendados por el Consejo de Administración y el Síndico;
  3. Elección de Cinco Consejeros Titulares, por dos años, en reemplazo de los Sres Sres Pedro M. de Amorrortu, Dr. Carlos M. Carena, José Vila Guerrero, Abdala Zazú  y Nicolas B. González, que cesan en sus funciones.  Elección de Tres Consejeros suplentes por un año. Elección de un Síndico Titular y un Sindico Suplente, ambos por un año.
  4. Segundo Plan Quinquenal.
  5. Designación de dos socios para que, conjuntamente con el Presidente y el Secretario, firmen el Acta en representación de la Asamblea.

Composición del Consejo de Administración al momento de la presentación de la Asamblea de Socios del Cuarto Ejercicio

Presidente: Pedro M. De Amorrortu

VicePresidente: Pbro Felipe D’Antona

Secretario: Dr. Carlos M. Carena

ProSecretario: José Vila Guerrero

Tesorero: Abdala Zazú

ProTesorero: José C. Mezzera

Vocal Titular: Nicolás B. González

Vocal Titular: Juan Marengo (h)

Vocal Titular: Casimiro Velasco

Vocal Suplente: Dario T. Agorio

Vocal Suplente: Carlos Ficarra

Vocal Suplente: Omar H. Pardo

Síndico Titular: Arturo I. Rodríguez Lago

Síndico Suplente: Adolfo Rossi

Como se desarrolló la Asamblea General Ordinaria del Cuarto Ejercicio

Se realizó en el Hotel Aguirre con la presencia de 63 asociados. La Asamblea aprobó la memoria y balance, y con respecto al tema de la consideración del interés a las acciones y el retorno por excedentes recomendados por el Consejo de Administración y el Síndico, se aprobó por unanimidad la forma en el cual los mencionados lo habían propuesto.

En cuanto a la elección para renovación de autoridades, la mesa escrutadora de votos estuvo compuesta por los Srs Juan Manuel Gomez, Adolfo J. Sozzi, Enrique Guerrero y el Sr. Abdala Zazu.  Resultaron electos para Consejeros Titulares, el Sr. Pedro de Amorrotu, con 52 votos; el Dr. Carlos M. Carena, con 52 votos; el Sr. Jose Vila Guerrero, con 52 votos; el Sr. Nicolas B. Gonzalez, con 52 votos, y el Instituto Municipal de Previsión Social de la Municipalidad de Buenos Aires, con 52 votos. Resultaron electos para Consejeros Suplentes, el Sr. Dario Agorio, con 52 votos; el Sr. Carlos Ficarra, con 52 votos, y el Sr. Vicente Ferrari, con 52 votos. Para Sindico Titular, resultó electo el Sr. Arturo Rodríguez Lago, con 52 votos, y como Sindico Suplente el Sr. Abdala Zazu, con 52 votos.

N. de la R.: La decisión del Consejo de Administración para realizar la Asamblea Anual de socios se establece primeramente en una Reunión del Consejo donde en Acta se determina el Orden del Día, con la  fecha, hora y lugar de Asamblea, a comunicarse en tiempo y forma, y el informe del Anteproyecto de la Memoria Anual. Posteriormente en reunión de Consejo de Administración, se realiza la distribución de cargos. Foto: Acta de distribución de cargos luego de la Asamblea, para el desarrollo del Quinto Ejercicio

En el último punto de la Asamblea, donde se trataba el tema sobre el Segundo Plan Quinquenal, el Sr. Abdala Zazú dio lectura a los folletines de divulgación recibidos referentes al tema, donde se reportó además un folletín ilustrativo a cada asociado.

Ya en la finalización de la Asamblea, a propuesta de un asociado, quien presidía la asamblea designó a los señores Pastor E. Caballero y Cándido Cambero para firmar el acta junto a presidente y secretario.

N. de la R.: El Segundo Plan Quinquenal fue un tema que se trató en la Asamblea de Clemic del Cuarto Ejercicio. Ese plan fue presentado en 1952 por el gobierno nacional para ser desarrollado entre los años 1953 y 1957 y tuvo en su inicio una amplia adhesión en todo el país. El objetivo era consolidar la independencia económica tras la crisis de 1952 que se encontraba en recesión e inflación causadas por la caída de exportaciones y agotamiento de reservas, a través del desarrollo de la industria pesada, la agricultura y la eficiencia productiva buscando aumentar las exportaciones y reducir las importaciones. El plan buscó estabilizar la economía tras una caída en los precios internacionales de exportación. Se eliminarían subsidios industriales y fomentaría el ahorro para controlar la inflación. Aunque logró frenarla y estabilizar la economía tras una crisis, enfrentó desafíos estructurales y políticos que limitaron sus resultados antes de su interrupción en 1955. Foto: La propuesta del Segundo Plan Quinquenal se trataría en el Congreso de la Nación y se formalizaría mediante la Ley 14.184, sancionada el 21 de Diciembre de ese mismo año y que posteriormente fuera derogada por un Decreto en 1955

Un breve relato de lo acontecido durante el cuatro período de la Cooperativa relatado por los integrantes del Consejo de Administración

Durante el ejercicio fue grande el aumento de conexiones. Las redes se habían extendido notablemente y siguieron en continua expansión, llevando los beneficios de la energía eléctrica a todos los rincones. El capital accionario había aumentado también notablemente, no obs­tante lo cual, se les presentaron algunas apreturas económicas debido al atraso con que venían cobrando los servicios de alumbrado público, atraso que les impedía ponerse al día con el Instituto de Pre­visión Social y tener paralizadas las obras de mejoras en el edificio. Debido a ello debieron nuevamente recurrir a créditos a corto plazo de la agencia local del Banco de la Provincia de Córdoba, que les fueron otorgados con la garantía solidaria del Consejo de Administración.

Los que se detallan a continuación son los hechos más salientes de la actividad de la Cooperativa durante dicho ejercicio.

Edificio social

Haciendo un nuevo esfuerzo por terminar las obras que quedaron interrumpidas en el ejercicio anterior por falta de fondos, iniciaron obras imprescindibles en la casa habitación del gerente, así como también los cercos y embaldosado de vereda en todo el frente del edificio, tratando de dejar de este modo terminada la parte exterior para contribuir así, dentro de las posibilidades que había, al mejoramiento edilicio de la villa y dismi­nuir en parte el levantamiento de polvo que tanto perjudicaba a las máquinas. Estos  trabajos fueron adjudicados al constructor local don Luis N. Manitto.

Mucho deseaban poder rellenar la playa de combustibles y ter­minar los trabajos de la sala de máquinas, especialmente el embaldo­sado del piso y el zócalo de vicri proyectado, con lo cual ganarían mu­cho la limpieza de las máquinas y el aspecto de las instalaciones.

N. de la R.: Los vicri a diferencia de los azulejos cerámicos comunes, estaban fabricados íntegramente de vidrio, lo que les otorga un brillo, transparencia y profundidad de color muy característicos. El edificio social de la Cooperativa fue reformándose desde los primeros años de funcionamiento de acuerdo a las necesidades, tanto en la usina propiamente dicha en su sala de máquinas para la recepción de los nuevos motores como así también de la casa del gerente, del espacio administrativo para la atención de los asociados, y el espacio suficiente para la realización de reuniones del Consejo de Administración y de las Asambleas. A diferencia del azulejo cerámico común, el vicri está hecho enteramente de vidrio teñido. Foto: Muestra de un azulejo Vicri

Reparación del motor Otto

El mayor gasto de reparaciones ejecutadas durante el ejercicio estaba representado por la soldadura del bastidor de ese motor que les fue necesario enviar a Buenos Aires para su ejecución, e insumió un costo de $ 14.473. Por no disponer de capital debieron dejar para más adelante el ajuste total de este motor, tan adecuado para las horas de consumo medio.

Líneas de terceros

Preferente cuidado tuvo el Consejo de Administración en procurar por todos los medios la extensión de los beneficios de la energía eléctrica a los sectores carentes de ella. Consecuentes con ese propósito fomentaron la prolongación de las redes por líneas costeadas por los propios usuarios, a quie­nes, cuando las finanzas de esta Cooperativa lo permitieran y esa inver­sión se justificara, les reintegrarían el importe en acciones. Por este sistema fue posible que barrios importantes de Villa Cura Brochero y Mina Clavero pudiesen utilizar el servicio de energía de la Cooperativa.

Prosiguiendo esa campaña de fomento, antes de la próxima tempo­rada veraniega quedaría terminada una nueva línea que serviría al sec­tor sudoeste de Mina Clavero, y que por tratarse de un populoso sector obrero, con unos 25 usuarios, sería financiada, en parte, por la Cooperativa.

N. de la R.: Las líneas nuevas de la Cooperativa se iban desarrollando de acuerdo al aporte de los usuarios cuya modalidad de pago era por medio de las acciones que adquirían con un compromiso solidario dado a que se verificaba el estado de las finanzas antes de realizar cada obra. Foto: Monocromía de Termómetro Eléctrico de Transformador

La Cooperativa colabora en el Homenaje al Cura José Gabriel Brochero en la Primer Semana Brocheriana de la Historia

Con motivo de haberse cumplido el 75º aniversario de la Santa Casa de Ejercicios Espirituales que fundara el gran propulsor del oeste cordobés, cuya memoria vive en las innumerables obras que en beneficio de la zona creara el ilustre Cura Brochero, y a solicitud de la Comisión formada para tales festejos, el Consejo de Administración de la Cooperativa homenajeó de manera especial tan grato acontecimiento otorgando energía gratuita para iluminar extraordinariamente la plaza de la localidad de Villa Cura Brochero durante la Primer Semana Brocheriana que, con gran brillo, se realizó desde el Domingo 21 al Domingo 28 de Setiembre de 1952. Quien la organizaba era el Pbro Felipe D’Antona, integrante del Consejo de Administración de la Cooperativa y que ocupaba en ese momento el cargo de VicePresidente.

N. de la R.: En cuanto a la fecha, que primeramente nos desorientara ya que habitualmente la semana brocheriana se realiza del 18 al 26 de Enero de cada año, pudimos obtener relatos y la noticias en un periódico de mayor tirada en Argentina de esa época, distribuido desde Buenos Aires, que expresó este acontecimiento de manera especial durante esa semana de celebración especial en Villa Cura Brochero con una nota para conocimiento de los lectores. Foto: Nota que saliera el 24 de Setiembre de 1952 en el  Diario Crítica de la ciudad de Buenos Aires con motivo del homenaje al Cura Brochero y la Primer Semana Brocheriana

Durante esa semana especial, además la Cooperativa suministró energía gratuita para iluminar la calle San Martín de Mina Clavero para acompañar dicha celebración. La Cooperativa además colaboró también temporariamente con la energía eléctrica en dicho espacio homenajeado.

N. de la R.: Como mencionábamos en un capítulo anterior, la Casa de Ejercicios Espirituales es un Monumento Histórico Nacional construída por el Presbítero José Gabriel Brochero entre 1875 y 1877. Foto: Interior actual del Museo Brocheriano que comprende 16 salas de exposición y que a partir de 1957 comenzó a funcionar en el primer patio de la Casa de Ejercicios Espirituales

Otras donaciones de energía

Al igual que en años anteriores la Cooperativa le suministró corriente gratuitamente a los locales de ambas munici­palidades, a la Oficina de Turismo, a la Jefatura de Policía de Villa Cura Brochero y a la Subcomisaria de Mina Clavero, a las iglesias de ambas localidades y temporariamente a la Casa de Ejercicios de Villa Cura Brochero. También gratuitamente se suministró energía para el alumbrado de la calle San Martín durante los festejos de Carnaval. Siguiendo la norma ya establecida se les donaron los 10 primeros kWh consumidos durante el mes a los dispensarios y escuelas públicas y privadas de ambas localidades, y sobre el resto del consumo se les concedió un descuento del 15 %.

N. de la R.: El Consejo de Administración siempre colaboró con las instituciones más representativas de la comunidad durante años y es importante recalcar que más allá de que no se indique este procedimiento en sus estatutos, la solidaridad ha resaltado el espíritu cooperativista desde su creación. Foto: Monocromía del frente actual de la Subcomisaría de Mina Clavero

Residencia Serrana

En cuanto a la provisión de energía eléctrica como no había hasta ese momento modificado sus instalaciones internas, no les fue posible aún conectar su consumo a la red que especialmente se le había construído, si bien la situación estaba próxima a resolverse ya que el propósito de la Dirección era transformar total­mente las instalaciones para la próxima temporada y a par­tir de entonces pudiera contar este importante servicio de energía provisto por la Cooperativa a sus instalaciones, cuyo acuerdo se realizaría con el compromiso que la Residencia Serrana, bajo la regencia del Instituto Municipal de Previsión Social, ingresara a través de éste organismo al Consejo de Administración y como parte de ello cumpliera una función fiscalizadora.

N. de la R.: Durante el período se realizaron los preparativos finales para la firma del contrato de prestación de servicios para la construcción de la línea para dar energía eléctrica a solicitud de dicho Instituto. Foto: Frente Alto Sur del Edificio de la Residencia Serrana

Deudas atrasadas

Con el fin de aliviar las dificultades finan­cieras originadas por las grandes inversiones que la Cooperativa debió realizar con motivo de las ampliaciones y reparaciones necesarias, y para corregir el mal hábito en que estaban incurriendo algunos con­sumidores, con evidente olvido de la Ley de Cooperativas que dice que éstas “no otorgan crédito para consumo”, el Consejo de Administra­ción envió una circular a los socios fijando el día 31 de Enero de 1953 como límite para saldar sus deudas por consumo. Con evidente comprensión respondieron los asociados y este renglón quedó prácticamente reducido a las deudas municipales, las que por provenir de un servicio público y teniendo en cuenta la buena voluntad demos­trada por las autoridades municipales del momento de ambas localidades le obligó a la Cooperativa a contemplar la situación sin tomar otras medidas drás­ticas que en definitiva habrían redundado en perjuicio de los propios socios. Estas deudas municipales se originaron en anteriores admi­nistraciones y muy lentamente fueron reduciendo su atraso con evidente perjuicio para la Cooperativa que debía diferir obras imprescindibles y pagos impostergables.

N. de la R.: Durante ese período 1952-1953 el Consejo de Administración en reunión del cuerpo había resuelto nuevamente comunicar a los morosos que debían ponerse al día y abonar sus deudas y así evitar el corte del servicio. El proceso ya estaba establecido en el Primer Estatuto de la Cooperativa en caso de que el socio o usuario se encontrara en falta de pago. El corte de energía se efectuaba quitando el alambre del fusible aéreo que comunicaba la electricidad al pilar de la propiedad.  Foto: Porta Fusible Aéreo Normalizado Cerámico o Enlozado de 20 Amper

F.A.C.E.

Durante dicho período la Cooperativa de Electricidad de Mina Clavero continuó ejerciendo el cargo de Tesorero de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad F.A.C.E., por intermedio de su Presidente Pedro M. de Amorrortu. La casi totalidad de las compras que se efectuaron fue por intermedio de la Oficina de Compras que con singular acierto dirigía el señor Juan Nigro.

Accediendo a lo acordado por la Asamblea de la F.A.C.E., realizada el 29 de  noviembre de 1952, referente a la imperiosa necesidad de adquirir local  propio para su sede, el Consejo de Administración decidió aprobar un aporte a la F.A.C.E. de una cuota de $ 3.000 como aumento de capital accionario, pagadero en seis mensua­lidades, de las cuales al cierre del ejercicio de 1953 se habían abonado dos, por un total  de $ 1.000.

En gira informativa se recibió durante los días 22 y 23 de marzo de 1953 la visita del Presidente de la F.A.C.E., doctor Enrique U. Corona Martínez, y del vocal de la misma, señor Francisco J. Terpín (represen­tante de la Cooperativa hermana de Zárate), acompañados del gerente y contador señores Leopoldo C. Berisso y Alberto Basso, respectivamente. En su honor celebraron una sesión especial y después de visitar las instalaciones de la Cooperativa fueron obsequiados con un almuerzo campestre al que asistieron todos los miembros del Consejo.

Homenaje al Sr. Tomás J. Scaglia

El 27 de diciembre de 1952 acaeció el falleci­miento de este gran propulsor de las Cooperativas de Electricidad, fundador de la Federación Argentina de Cooperativas de Electrici­dad F.A.C.E., y presidente de la misma durante nueve ejercicios. A su tesonera dedicación al frente de la F.A.C.E. debe el movimiento cooperativo de la electricidad el adelanto alcanzado en tan pocos años. Por motivos de salud había abandonado la presidencia y ocupaba al fallecer el cargo de Síndico. Con su partida el cooperativismo había perdido en general uno de sus más decididos cul­tores y un gran animador. Con todo respeto la Cooperativa de Electricidad de Mina Clavero durante dicho ejercicio rindió un sentido homenaje a su memoria.

Venta de elementos sobrantes

Prosiguiendo la liquidación de los elementos que quedaron disponibles como consecuencia del cambio de corriente fue vendido el dínamo de 35 kW en $ 31.000.-. El excedente de esta venta, equivalente a $ 26.077.-, ingresó al “Fondo reserva para futuras inversiones”.

Quedaron disponibles y se estuvo tramitando la venta de 1 motor diesel industrial “International” UD14A, de 75 HP a 1.400 r.p.m.;  1 dínamo “Sprage”, 2×235 V, 870 r.p.m. y 70 kW, con resistencia reguladora, divisor de tensión y tablero completo; 1 dínamo “Siemens Scliuckert”, de 2×235 V, 215 r.p.m. y 58 kW, también con su resistencia reguladora, divisor de tensión y tablero completo.

Red de alta tensión

En diciembre de 1952 se recibieron los cinco trans­formadores pedidos a Alemania (2 de 200 KVA; 1 de 100 KVA, 1 de 75 KVA y otro de 50 KVA) y parte de los elementos necesarios para este proyecto. Los postes y cables los adquirieron en plaza y en buena parte se instalaron de inmediato. Pero el resto de los elementos adquiridos en Alemania no habían hasta ese momento podido ser retirados de la Aduana por dificultades habidas en la declaración, confiando en que en breve iban a poder destrabar esa situación.

El deseo de los integrantes del Consejo de Administración era inaugurar esa red antes de la temporada siguiente, período durante el cual se producirían las mayores sobrecargas que ori­ginarían las grandes caídas de tensión y los mayores reclamos por parte de los consumidores. Para ello estuvieron activando los trabajos. Lo que lograron fue el montaje de la subestación de Villa Cura Brochero y su red correspondiente, así como la subestación de las calles Intendente Vila y Olmos (Norte), desde la cual se alimentaría a la Resi­dencia Serrana y a la zona circundante.

N. de la R.: Durante ese período ya estaba instalado en la Usina el Motor M.A.N. que había llegado de Alemania a la Argentina el día Viernes 10 de Agosto de 1951 y a la usina de la Cooperativa el día Viernes 28 de Setiembre de 1951. Foto: Motor Diesel M.A.N.

Pérdidas en la red

Grande fue la economía obtenida durante ese período como se observó en el informe contable. Este beneficio lo obtuvieron gracias a la colocación de medidores a todos los consumidores y el refuerzo constante de las redes antiguas, lo que se tradujo en un notable rendimiento. Para apreciar mejor esta economía introdujeron en el informe detalladamente los “kWh facturados no consumidos”. En años anteriores, se calculaba la pérdida en la red incluyendo los kWh no consumidos, provenientes de la tasa mínima que abonaban las casas veraniegas o los consumidores que no alcanzaban al mínimo. Ello hacía que el valor de la pérdida en la red apareciera como menor que el real. Supusieron que en ejercicios anteriores el total de los kWh cobra­dos por este concepto  y  no consumidos, alcanzaría no más que a 20.000 kWh durante el año, calculando que la pérdida real en la red fuera en el segundo ejercicio: 28,95 %; y en el tercero 26,7 %; siendo la del cuarto ejercicio de 13,45 %.

Número de conexiones

Durante el ejercicio otorgaron 50 nuevas conexiones con lo que el total alcanzó a 609 conexiones pertenecientes a 571 socios, 38 de los cuales tienen 2 conexiones cada uno  (luz y fuerza motriz). El número de socios que aún no eran consumidores durante ese período alcanzaba a 96. El Consejo de Administración informó detalladamente cómo estaban distribuidas las conexiones y su consumo e importe.

Servicio Residencial

Mina Clavero

Conexiones: 299

Consumo en Kwh: 63.163

Importe: $ 58.721,09

Villa Cura Brochero

Conexiones: 99

Consumo en Kwh: 20.764

Importe: $ 19.320,01

Servicio Comercial

Mina Clavero

Conexiones: 140

Consumo en Kwh: 116.823

Importe: $ 108.723,42

Villa Cura Brochero

Conexiones: 33

Consumo en Kwh: 13.847

Importe: $ 12.468,83

Servicio Industrial

Mina Clavero

Conexiones: 29

Consumo en Kwh: 42.109

Importe: $ 28.116,22

Villa Cura Brochero

Conexiones: 9

Consumo en Kwh: 7.761

Importe: $ 5.207,53

Alumbrado Público

Mina Clavero

Consumo en Kwh: 48.383

Importe: $ 36.317,07

Villa Cura Brochero

Consumo en Kwh: 21890

Importe: $ 17.277,63

Totales del Ejercicio

Conexiones: 609

Ejercicio Anterior: 560

Consumo en kWh: 334.740

Ejercicio Anterior: 296.488

Importe en $: 286.151,80

Ejercicio Anterior: $ 256.089,64

Alumbrado público

Con muy buen criterio les fue solicitada la ampliación del número de focos en ambas localidades. En Mina Clavero instalaron 14 ½ focos, con un total de 3.150  vatios. En Villa Cura Brochero se amplió el alumbrado público con la colo­cación de 8 ½ nuevos focos que sumaban 1.750 vatios. En esta forma la primera de las localidades nombradas llevaban instalados 96 ½  focos equivalentes  a 16.150 kW, y  la  segunda, 46 ½ focos  con un total de 7.650 kW.

Fondo Nacional de la Energía

Durante el ejercicio le fue abo­nado al personal, por intermedio del fondo compensatorio la parte correspondiente a los aumentos y mejoras acordados por los diversos convenios habidos desde el principio de la fundación de la Cooperativa, la cual ascendía a $ 98.197,83. Ese importe, de haber corrido por cuenta de la Cooperativa, habría significado en el costo de cada kWh facturado, un recargo de 29,3 centavos.

Fondo Ley 11.729

Este fondo, fue creado para hacer frente a po­sibles indemnizaciones por despido del personal, fue acrecentado en $ 3.000.-, con lo que el total de esta reserva alcanzó a ser de $ 8.270,92.

Socios y Capital Social

Al cierre del ejercicio de ese año, el movimiento de socios y capital social era el siguiente:

 Mina Clavero

Socios: 522

Capital Suscripto: $ 537.200

Capital Realizado: $ 438.328,52

Cura Brochero

Socios: 145

Capital Suscripto: $   70.400

Capital Realizado: $  50.061,97

Totales

Socios: 667

Capital Suscripto: $   607.600

Capital Realizado: $  488.390,49

Para igual fecha del año anterior el número de socios y los capitales eran:

 
Mina Clavero

Socios: 483

Capital Suscripto: $ 339.200

Capital Realizado: $ 275.341,46

Cura Brochero

Socios: 131

Capital Suscripto: $   61.000

Capital Realizado: $  43.931,06

Totales

Socios: 614

Capital Suscripto: $   400.200

Capital Realizado: $  319.272,52

El aumento experimentado durante dicho ejercicio fue, por lo tanto, de 53 socios, $ 207.400 de capital suscripto y $ 169.117,97 de capital realizado.

Aportes jubilatorios

Les fue otorgada durante dicho ejercicio la inscripción en la Caja de Jubilaciones  correspondiente a la Ley Nº 11.110. Al cierre del mismo la deuda de la Cooperativa por ese concepto ascendía a $ 40.102,70.

El atraso con que se les concedió la inscripción hizo que se acu­mulara dicha suma elevada que creyeron iban a poder pagar con ingreso recibido del alumbrado público. La demora con que se fueron percibiendo estos ingresos es lo que originó la deuda con el  Instituto. No obstante fue el propósito de la Cooperativa ponerse al día con esa deuda a breve plazo, confiaron también en las promesas municipales y recurriendo si era necesario a obtener un nuevo crédito bancario a corto plazo.

Destacaron que el aporte jubilatorio correspondiente al personal corría íntegramente por cuenta de los consumidores e incluía también la parte proporcional a los aportes del Fondo com­pensatorio.  Ese aporte jubilatorio patronal ascendió durante el ejercicio a $ 17.242,65, equivalente a 5,2 centavos por cada kWh facturado.

Combustible y lubricantes

No tuvieron mayores dificul­tades en el aprovisionamiento de estos elementos gracias a las reser­vas que pudieron acumular en los depósitos, por lo que no les ha sido pro­blema el abastecimiento tanto del combustible como de los lubricantes necesarios durante dicho ejercicio. A pesar de que hubo un incremento de los mismos del 10 % y del 5 %, respec­tivamente, a partir del mes de Mayo, y de que hubo un aumento de kWh facturados (38.252), la menor pérdida en la red compensó esos aumentos y por lo que el costo fue prácticamente idéntico al del ejercicio anterior y que ascendió a $ 60.909,19.-

Personal de la Cooperativa en sus primeros años de vida

Como en ejercicios anteriores, volvieron a destacar el ejemplar espíritu de trabajo y dedicación del personal.  Recibieron las felicitaciones y expresiones de reconocimiento por parte de los integrantes del Consejo de Administración y los asociados con el anhelo de que a futuro ese espíritu no decaiga sino al contrario, sea superado en beneficio propio y del ideal cooperativo.

Se destacó ya en el ejercicio anterior correspondiente a 1951-1952 sobre todo lo que el personal estable debió esforzarse durante ese período con recargo de sus tareas laborales debido a la construcción del edificio, al montaje de los nuevos elementos, al cambio de medidores y al refuerzo de las redes, todo lo cual lo sobrellevaron con ejemplar espíritu de cooperación, destacando el Consejo de Administración con un digno y pleno reconocimiento ante la asamblea de los asociados. A los obreros del señor constructor Luis N. Manitto y empleados de la Cooperativa que trabajaron entusiasta y desinteresadamente en la labor de la construcción del edificio, pudimos recuperar en el recuerdo –y que no debe olvidarse en el tiempo- que el Consejo de Administración resolvió obserquiarles un asado el día Sábado 29 de Setiembre de 1951 al mediodía.

El personal que hemos podido destacar en las actividades que la Cooperativa realizaba durante el período 1952-1953 mencionados en actas, estaba compuesto por los siguientes empleados:

Sr. Luis Primo DUTTO – Gerente Técnico

Sr. Agustín FABRICIO – Personal Administrativo – Cobrador

Sr. Clemente FLORES – Jefe de Sala de Máquinas

Sr. Jaime Arturo BARRIONUEVO – Personal de Redes Eléctricas

Sr. José Gilberto BRITO – Personal de Redes Eléctricas

N. de la R.: Es importante en cada una de las entrevistas conocer los nombres de los primeros empleados que tuvo la Cooperativa para llevar adelante las actividades en su funcionamiento, por lo que estamos abiertos a recibir también información para lograr así obtener los nombres de todos aquellos que estuvieron trabajando y apoyando la labor en aquellos primeros tiempos junto a los socios fundadores y cooperativistas pioneros de la Clemic

Agradecimientos

Agradecieron profundamente a don Luis Aguirre, por la gentileza con que siempre ha puesto a disposición de la Cooperativa los salones de su Hotel para la celebración de las Asambleas.

A los hermanos Teyssedou por las múltiples atenciones que les dispensaron.

A las instituciones bancarias, a las Administraciones públicas, a los técnicos, funcionarios y demás personas que de una u otra ma­nera contribuyeron a favorecer el desarrollo de la Cooperativa durante el ejercicio.

Concluyendo el espacio con la masa societaria resaltaron a todos los asociados por el amplio espíritu de solidaridad y comprensión que demostraron al identificarse con el sentir del Consejo en los distintos problemas que le fueron planteados durante el ejercicio y con cuya sostenida y firme colaboración fueron salvados todos los inconvenientes y beneficiaron al desarrollo de la obra de bien público que realizó la Cooperativa.

Informe del Síndico

Le fue grato informar a la Asamblea al Sr. Arturo Ismael Rodríguez Lago, Síndico Titular de la Cooperativa, de conformidad con lo que determinaba el artículo 52 del Estatuto y con las disposiciones de la Ley 11.388, comunicando que siguió de cerca el desenvolvimiento y la labor del Consejo de Administración comprobando con el mayor beneplácito el desempeño y dedicación de todos sus miembros para el mejor cometido y mayor progreso de la Cooperativa, sugiriendo la aprobación del Balance y cuentas correspondiente al período que se identificó como el cuarto ejercicio.

Nuestro pasado es parte de Nuestra Identidad y no se olvida

N. de la R.: Dado a que estamos obteniendo información de un período posterior a la presentación de cada capítulo, tendremos siempre un espacio especial para que no se pierda el relato y la historia que vayamos recopilando, más allá que sea a posteriori.

Como nació la Cooperativa Ltda. de Electricidad de Mina Clavero

Desarrollo de la Asamblea Constitutiva

En este capítulo del espacio Raíces de Clemic, nos retrotraeremos al 5 de Junio de 1949, ya que accedimos a la documentación donde podemos leer el Acta de Constitución de la Cooperativa con el texto del Primer Estatuto a los fines que llegue a todos el recuerdo de aquel tiempo especial, ya que como habíamos mencionado en el Primer Capítulo los pioneros se reunieron previamente el 27 de Abril de 1949 para redactarlo y así conformar su creación el 5 de Junio de 1949, proyecto queluego de ser analizado y corregido, fuera aprobado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba y las autoridades correspondientes en la materia y el desarrollo de dicha Asamblea.

N. de la R.: Dado a que obtuvimos información sobre el primer estatuto a posteriori de presentar el primer capítulo en el que publicamos dicho período, para leerlo y analizarlo, tanto el texto original impreso a mano y también en una copia escritural, y por la antigüedad y tipo de escritura, en parte difícil de descifrar, hemos tratado de transcribir todo lo mejor posible para comprenderlo en general y así poder rescatar el objetivo en su total expresión. Foto: Monocromía del frente del acta escritural donde se destaca el Primer Estatuto de la Cooperativa

Acta Nº 1 – Acta Constitutiva de la Cooperativa Limitada de Electricidad de Mina Clavero

En el pueblo de Mina Clavero, Pedanía Tránsito, Departamento San Alberto, Provincia de Córdoba, siendo las 9 horas del día 5 de Junio de 1949, en el local del Hotel Aguirre, y como consecuencia de la propaganda hecha anteriormente por los Sres Angel Ferraresi, Abdala Zazú, Jose Vila Guerrero, Pedro de Amorrortu, Dr. Carlos M. Carena, Eduardo E. Marelli, y del acto previo celebrado el día 28 de Abril de 1949 en este mismo local, y otro de carácter público en el local denominado “La Terraza” el día 8 de Mayo de 1949, se reunieron las personas cuya nómina y firmas figuran en el libro de asistentes a las Asambleas, con el propósito de dejar constituída una Sociedad Cooperativa Limitada de Electricidad.

N. de la R.: En el Hotel Aguirre representa un legado histórico en Mina Clavero, una edificación que ha perdurado a través del tiempo y que permite a los visitantes disfrutar de la historia y el encanto de la zona.  Se desarrollaron también varias Asambleas aparte de la Constitución de la Cooperativa y la de ese ejercicio. Hoy queremos brindarle un genuino reconocimiento para que toda la comunidad conozca el hecho de haber sido parte del inicio de la institución y que allí dio sus primeros pasos. Foto: Arte Gráfico Exterior impreso en el contrafrente del mismos en Homenaje a sus 100 años de existencia en Mina Clavero

A tal efecto abrió el acto don Pedro de Amorrortu en su carácter de Presidente de la Comisión Provisoria, dándose lectura por Secretaría de la Orden del Día a tratarse y que es la siguiente:

1º) Elección de la Mesa Directiva de la Asamblea

2º) Informe de la Comisión Provisoria

3º) Disensión y aprobación de los Estatutos

4º) Suscripción de Acciones

5º) Elección de los miembros Titulares y Suplentes del Consejo de Administración y de un Sindico Titular y un Suplente

6º) Designación de dos socios que según los Estatutos deban firmar el acta de esta Asamblea, conjuntamente con el Presidente y el Secretario

Estos puntos fueron resueltos en la forma que se indica a continuación:

Punto 1º) Elección de la Mesa Directiva de la Asamblea

De inmediato y por unanimidad los presente designan presidente al Sr. Benito Jacinto Cortez, y Secretarios a los señores Oscar Becerra y Luis Ricardo de Olloqui.

Punto 2º) Informe de la Comisión Provisoria

El Presidente de la misma Sr. Amorrortu, en nombre de los miembros de la Comisión, explicó la labor de esta y el objeto de la reunión, poniendo de relieve la finalidad de la sociedad proyectada, luego el delegado oficial Sr. Benito Jacinto Cortez, Asesor Técnico de Cooperativas Eléctricas de la Dirección General de la Energía Eléctrica, pronunció una conferencia sobre cooperación, explicando los objetos, las bases, y los métodos que son propios de las cooperativas genuinas, y en particular, de las entidades como la que se constituye en este acto, y de los beneficios económicos y sociales que ellos reportan, palabras que fueron recibidas con particulares signos de aprobación.

Punto 3º) Discusión y aprobación del Estatuto

Terminadas estas palabras el Sr. Presidente invitó al Sr. Secretario a dar lectura a los Estatutos proyectados, los cuales una vez discutidos, fueron aprobados por unanimidad y en particular en la forma que se presentan a continuación:

Primer Estatuto de la Cooperativa Ltda de Electricidad de Mina Clavero

Fue confeccionado por parte de los socios fundadores y luego aprobado en la Asamblea Constitutiva del 5 de Junio de 1949. La Dirección de Cooperativas del Ministerio de Justicia de la Nación le realizó algunas modificaciones que fueron presentadas y aprobadas por los socios en la Asamblea Extraordinaria del día 12 de Noviembre de 1949 según Acta Nº 22 cuyo texto definitivo es el siguiente:

TITULO I – Constitución, domicilio y duración

Artículo 1º) Bajo la denominación de “Cooperativa Ltda de Electricidad de Mina Clavero”, se constituye una sociedad cooperativa de producción, adquisición, transformación y provisión de energía eléctrica e industrias anexas, que se regirá por las disposiciones de la Ley Nacional Nº 11.388, por las leyes y decretos de la Provincia, por lo dispuesto en el presente Estatuto y por las prescripciones del Código de Comercio en todo aquello que no tuviera previsto en aquellos.

Articulo 2º) El radio de acción de la Cooperativa será el de los pueblos de Mina Clavero y Villa Cura Brochero, Departamento San Alberto, Provincia de Córdoba, sin perjuicios que el mismo sea extendido a otros lugares, dentro o fuera de dicho departamento, si las circunstancias lo hicieren aconsejable.

Artículo 3º) El domicilio de la Cooperativa será el pueblo de Mina Clavero, departamento San Alberto, Provincia de Córdoba.

Artículo 4º) La duración de la sociedad es ilimitada. No se disolverá mientras haya diez socios dispuestos a continuarla, salvo los casos previstos en el Código de Comercio. En caso de disolución, su liquidación se operará conforme a lo establecido por la Ley Nacional Nº 11.388 y el Código de Comercio.

TITULO II – Objeto de la Sociedad

Artículo 5º) Son propósitos de la Cooperativa: a) Producir, introducir, transportar, transformar, y distribuir energía eléctrica destinada al alumbrado público y particular, fuerza motriz, tracción y cualesquiera otras aplicaciones de la misma, así como explotar otras industrias que se consideren derivadas de la principal; b) Instalar fábricas anexas para la explotación de la industria del hielo y cámaras frigoríficas; c) proveer materiales, útiles y enseres para toda clase de instalaciones relacionadas con los fines antes mencionados.

Artículo 6º) De los servicios de la Cooperativa sólo podrán hacer uso los socios.

Artículo 7º) Para sus fines, la Cooperativa podrá adquirir a título oneroso o gratuito, enajenarlos y gravarlos, toda clase de bienes muebles e inmuebles, como así también levantar en ellos toda clase de construcciones e instalaciones.

Artículo 8º) La Cooperativa excluye terminante de todos sus actos las cuestiones religiosas, políticas, sindicales, regionales y de nacionalidades.

Artículo 9º) La Cooperativa podrá asociarse con otras entidades de su carácter para formar una federación de cooperativas o adherirse a una Federación ya existente a condición de conservar su autonomía e independencia.

TITULO III – De los Socios

Artículo 10º) Podrá ser socio de esta Cooperativa todo varón, mujer o persona jurídica que sea capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones. Los menores de más de 18 años y las mujeres casadas pueden ingresar a la Cooperativa sin autorización paternal ni marital, y disponer por sí solos de su haber en ella. Los menores de menos de 18 años podrán asociarse con autorización paternal o de sus tutores, pero no tendrán voz ni voto en las asambleas.

Artículo 11º) La suscripción de acciones lleva en sí implícita y explícita la condición de aceptar por el socio, sin reservas, estos Estatutos y someterse a los acuerdos que el Consejo de Administración y las asambleas dictaren en ejercicio de sus facultades. Lleva también implícita y explícita, la obligación del consumo de la energía eléctrica que gaste el socio en su casa particular, y de comercio, si la tuviere, con exclusión de toda otra empresa de electricidad, siempre que esta Cooperativa pueda suministrarla.

Artículo 12º) Si las Municipalidades de Mina Clavero, la de Villa Cura Brochero u otras se asociasen a esta Cooperativa, el aporte de capital será determinado por lo que establezcan las leyes, decretos u ordenanzas vigentes al momento de la asociación.

Artículo 13º) Toda persona que desee asociarse presentará una solicitud por escrito, en los formularios que a tal efecto proveerá la Cooperativa.

Artículo 14º) Son deberes y atribuciones de los socios: a) Suscribir e integrar por lo menos una acción en la forma determinada en Artículo 17; b) Satisfacer los cargos pecuniarios impuestos por este Estatuto; c) cumplir las obligaciones que contrajera con la Cooperativa; d) Observar las disposiciones del presente estatuto y reglamentos que se dictaren; acatar las resoluciones de las asambleas y del Consejo de Administración; e) Proponer a las asambleas y al Consejo de Administración todas las medidas que tenga por convenientes al interés social; f) Participar en las asambleas con voz y voto de acuerdo con el artículo 62; g) Ser elector y elegible para los cargos de la administración y fiscalización de la Cooperativa de acuerdo al artículo 32; h) Solicitar la convocatoria de asambleas extraordinarias, de acuerdo al artículo 57, i) Usar los servicios de la Cooperativa .

Artículo 15º) El Consejo de Administración podrá excluir al socio: a) Por incumplimiento del Estatuto y reglamentos, o de las obligaciones contraídas con la Cooperativa; b) Por observar conducta indigna o perjudicial para la Cooperativa o los intereses de los demás asociados; c) Por realizar cualquier acción que perjudique al interés social, siempre que ella resultare una lesión patrimonial.

Artículo 16º) El asociado excluido por el Consejo de Administración podrá apelar por escrito, dentro de los treinta días posteriores a la notificación de la exclusión para ante una Asamblea ordinaria, o una extraordinaria que deberá ser convocada al efecto, a pedido del interesado, apoyada la petición por el cinco por ciento, por lo menos, de los socios. El Consejo de Administración en este caso no dispondrá la privación del servicio de corriente hasta tanto lo resuelva la asamblea o transcurra el plazo de apelación.

TITULO IV – Del Capital Social

Artículo 17º) El capital social es ilimitado y representado por acciones indivisibles y nominativas de doscientos pesos moneda nacional de curso legal, cada una, pagaderas al contado, o el diez por ciento en el momento de suscribirlas y el resto en cuotas mensuales, iguales y continuas que fijará el Consejo de Administración.

Artículo 18º) Las acciones estarán representadas por títulos de una o más acciones. Se tomarán de un libro talonario, extendidos en número progresivo de orden, debiendo ser firmados por el presidente, secretario y tesorero.

Artículo 19º) Las acciones integradas serán transferibles previa autorización del Consejo de Administración; no pudiendo acordarse la transferencia dentro de los sesenta días anteriores al de la Asamblea ordinaria o de una extraordinaria, salvo el caso de que ella fuera efectuada entre personas ya asociadas a la Cooperativa. La propiedad y transmisión de las acciones no producirá efecto contra la Cooperativa, ni contra terceros, sino después de la fecha de su inscripción en el Registro de Socios.

Artículo 20º) En caso de robo, incendio, desaparición o extravío de acciones, el Consejo de Administración queda facultado para emitir duplicados de las mismas, previas las investigaciones y trámites que estime necesarios. Por cada solicitud de duplicado que presente el socio, deberá abonar un derecho de un peso moneda nacional, destinándose este ingreso al Fondo de Previsión.

Artículo 21º) El solicitante de cada transferencia de títulos abonará un derecho de dos pesos moneda nacional por acción. Los ingresos obtenidos por este concepto se destinarán al Fondo de Previsión.

Artículo 22º) Las acciones quedan afectadas como mayor garantía de las operaciones que el socio efectúe con la Cooperativa, no habiendo compensación entre las acciones y las deudas del socio contraída en la Cooperativa. Cuando ésta no pueda hacerse integro pago de su crédito contra un asociado dispondrá del valor de sus acciones, y es este caso si resultare un sobrante después de satisfecho los intereses y gastos, le será entregado al socio. Si las acciones estuviesen en poder del deudor, el Consejo de Administración las declarará nulas, pudiendo emitir duplicados de las mismas.

Artículo 23º) El socio podrá pedir el retiro del importe de sus acciones, a cuyo efecto presentará una solicitud exponiendo las razones que lo inducen a retirarse. Las solicitudes se atenderán por estricto orden de presentación y solo con los fondos acumulados en el “Fondo para Reembolso de Acciones” que se formará de acuerdo en el artículo 24, salvo los casos de necesidad económica manifiesta del solicitante, ausencia definitiva de la localidad, fallecimiento u otros casos análogo de fuerza mayor, en los cuales podrá el Consejo de Administración acordar el reembolso aún en los casos de no existir o ser insuficientes aquel fondo con cargo a una cuenta especial llamada “Adelantos al Fondo para Reembolso de acciones”. Ningún reembolso de acciones se hará efectivo después de tres años de la constitución de la Cooperativa, con la excepción de los casos de fuerza mayor previstos precedentemente.

Artículo 24º) Para satisfacer las solicitudes de reembolso de acciones podrán destinarse hasta el cinco por ciento del capital integrado de acuerdo con el último balance aprobado.

Artículo 25º) La aceptación de la solicitud de reembolso se comunicará por escrito al dimitente y éste quedará automáticamente privado de todos sus derechos desde el día de la reunión del aviso respectivo, aunque no se le hubiere devuelto de inmediato el importe de aquellas por falta de insuficiencia del fondo pertinente.

Artículo 26º) Todos los socios tienen iguales derechos y deberes, cualquiera que sea el número de acciones que hayan suscripto o que posean.

Artículo 27º) Cada acción o conjunto de acciones de una misma persona, sociedad, razón social o entidad jurídica, representa un solo propietario, que equivale a un solo socio y en consecuencia, con derecho a un solo voto. Si fuesen varios los copropietarios de una o diversas acciones, ellos elegirán a uno solo que los represente en el ejercicio de sus derechos y obligaciones.

Artículo 28º) Las acciones no se emitirán mientras no haya sido integrado su valor escrito. Se otorgará al suscriptor que las abone a plazos, un recibo provisional que será nominal y transferible, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 19. Las cuotas abonadas por los socios morosos a cuenta de acciones suscriptas serán automáticamente prescriptibles a favor de la Cooperativa después de tres meses contados desde la fecha del último pago efectuado. El socio afectado por la prescripción será excluido, salvo el caso que tuviera otras acciones integradas o alcanzadas por la prescripción. Los fondos que se obtengan por este concepto pasarán a engrosar el “Fondo de Previsión”.

Artículo 29º) Se llevará un libro con las formalidades exigidas por el Código de Comercio en su artículo 329, llamado “Registro de Socios Suscriptores”, en el que se anotará: a) nombre, apellido y domicilio de los socios, numeración de las acciones y de los títulos correspondientes y fecha de emisión; b) Cantidad de acciones suscriptas y pagos efectuados; c) Transmisión autorizada de acciones y fecha que se verifica; d) Reembolso de acciones acordado por el Consejo de Administración; e) Observaciones que se consideren de utilidad, referentes a las acciones.

Artículo 30º) La transmisión de la propiedad se hará constar al dorso de los títulos que representen las acciones, juntamente con la firma del cedente o su apoderado, refrendadas con la firma del presidente y del secretario.

TITULO V – Administración y Fiscalización Social

Artículo 31º) La administración y fiscalización de la Cooperativa estarán a cargo respectivamente de: a) Un Consejo de Administración compuesto por nueve miembros titulares y tres suplentes; b) Un Síndico titular y un Síndico suplente.

Artículo 32º) Para ser Consejero o Sindico, es necesario a) Tener capacidad legal para contratar; b) Haber integrado por lo menos una acción; c) No tener deudas vencidas con la Cooperativa; d) Que sus relaciones con la Cooperativa hayan sido normales y que no haya motivado por la Cooperativa ninguna compulsión judicial; e) No haber solicitado concurso civil, ni haber sido declarado en quiebra; f) Después del primer ejercicio social, tener, por lo menos un año de antigüedad; g) No ser representante ni empleado de usinas eléctricas, ni tener negocios similares o contrarios a la Cooperativa.

Artículo 33º) Los miembros del Consejo de Administración durarán dos años en sus funciones, pudiendo ser reelectos. Se renovarán parcialmente cada año, cuatro y cinco miembros alternativamente. El Primer Consejo de Administración en la última reunión que celebre al terminar el primer ejercicio, sorteará cuatro de los miembros que han de cesar en sus mandatos por ésta primera vez. En lo sucesivo la renovación parcial se hará con antigüedad.

Artículo 34º) Los suplente reemplazarán por sorteo a todo miembro titular que renuncia o fallezca, y a los ausentes, cuando así lo resuelva el Consejo de Administración. Durarán un año en sus funciones a excepción de aquellos que hubiesen pasado a ejercer las funciones de titulares, en cuyo caso completarán el período de tiempo correspondiente al miembro a quien reemplacen.

Artículo 35º) Los miembros del Consejo de Administración no podrán tener lazos de parentesco dentro del tercer grado de consanguinidad entre sí, ni con el Gerente, Síndico o empleados, ni pertenecer a una misma razón social.

Artículo 36º)  Dentro del término de quince días de efectuada la Asamblea los miembros del Consejo de Administración salientes, harán entrega a los entrantes de todos los bienes de la Cooperativa en una reunión convocada al efecto. Los miembros del Consejo de Administración se mantendrán en sus funciones, hasta que se incorporen reemplazantes.

Artículo 37º) En su primera reunión después de la asamblea el Consejo de Administración elegirá en su seno al presidente, vicepresidente, secretario, prosecretario, tesorero y protesorero. Los miembros restantes quedarán en calidad de vocales.

Artículo 38º) Los miembros del Consejo de Administración depositarán en la caja social las acciones que posean, antes de empezar a ejercer sus funciones, las que quedarán en caución durante su mandato, no pudiendo retirarlas hasta seis meses después de haber cesado en sus funciones.

Artículo 39º) El Consejo de Administración se reunirá ordinariamente dos veces por mes, por lo menos, y extraordinariamente las veces que el presidente o dos de sus titulares lo estimen necesario. Salvo las excepciones que dispone este Estatuto, la presencia de cinco miembros del Consejo de Administración forma quórum, siendo válidas las resoluciones tomadas por mayoría absoluta de los votos presentes. El presidente no votará sino en caso de empate.

Artículo 40º) Todo miembros que debidamente citado faltare tres veces consecutivas o cinco alternadas a las reuniones del Consejo de Administración sin justificación de su inasistencia, será considerado como dimitente.

Artículo 41º) Si algún miembro del Consejo de Administración suspendiese su pago solicitare concurso civil o fuere declarado en estado de quiebra durante el ejercicio de su mandato, quedará de hecho cesante en sus funciones y el Consejo de Administración procederá a reemplazarlo conforme lo establece el Artículo 34.

Artículo 42º) En ausencia del Presidente a las sesiones del Consejo de Administración la reunión será presidida por el Vicepresidente y en ausencia de ambos, por el Vocal designado al efecto. En igual forma se suplirá la ausencia del secretario, prosecretario, tesorero y protesorero.

Artículo 43º) Quedando reducido a menos de cinco miembros el Consejo de administración, éste deberá convocar en el término de quince días, y siempre que falten más de cuarenta y cinco días para la celebración de la Asamblea ordinaria, a una Asamblea Extraordinaria a objeto de integrar el Consejo de Administración.

Artículo 44º) Las decisiones tomadas por el Consejo de Administración serán registradas en un libro de Actas, bajo la firma del presidente refrendada por la del secretario. Las resoluciones podrán hacerse conocer a los socios en la forma que considere más conveniente.

Artículo 45º) Son deberes y atribuciones del Consejo de Administración, a) Atender la marcha de la Cooperativa; cumplir y hacer cumplir el presente Estatuto. Las decisiones del Consejo de Administración y las resoluciones de las Asambleas; b) Fijar la tarifa de la corriente eléctrica, aplazar el suministro en el caso de falta de capacidad transitorio de la usina u otros de fuerza mayor; negar el servicio en casos de falta de pagos o fraude;  c) Nombrar el Gerente y personal necesario; señalar sus deberes y atribuciones, fijar sus remuneraciones y exigirles las garantías que estimen convenientes, suspenderlos o sustituirlos; d) Establecer y acordar los servicio y gastos de administración y formular los reglamentos necesarios para la buena marcha de la Cooperativa; d) Considerar y resolver sobre cualquier documento que importe obligación de pago; o contrato que obligue a la Cooperativa; f) Resolver la aceptación o rechazo de las solicitudes de ingreso en sesión secreta y por mayoría absoluta de votos presente, autorizar o negar las transferencias de acciones; g) Tomar y dar dinero prestado. Solicitar préstamos del Banco de la Nación Argentina; Banco Hipotecario Nacional, Banco de Crédito Industrial Argentino, Banco de la Provincia de Córdoba, y otras instituciones oficiales y particulares, de acuerdo con las disposiciones de sus respectivos estatutos, como asimismo solicitar prestamos del Banco de la Nación Argentina y Banco Hipotecario Nacional conforme con la Ley 11.380. Realizar toda clase de operaciones bancarias y disponer la realización de empréstitos internos; Asimismo y con el voto favorable de dos tercios,por lo menos, del Consejo de Administración, emitir debentures de acuerdo con la Ley 8875;  h) Contratar, adquirir, permutar, arrendar y gravar los bienes raíces que las exigencias de la Cooperativa demanden, con el voto favorable de seis por lo menos, de los miembros del Consejo de Administración dando cuenta de ello en la primera asamblea que se realice; i) nombrar comisiones asesoras y reglamentar sus funciones; j) Excluir o suspender uno o más socios hasta la próxima asamblea en la que se dará cuenta; k) Cumplimentar las disposiciones del artículo 9º de éste estatuto; l) Adquirir maquinarias, accesorios, materias primas, etc; licitar las obras que fueren necesarias y disponer las construcciones e instalaciones previstas en el artículo 7º; m) Delegar en cualquier miembro del Consejo de Administración el cumplimiento de las disposiciones que en su concepto puedan requerir soluciones inmediatas; n) Sostener y transar juicios y procesos, abandonarlos, apelar o recurrir para revocación, nombrar procuradores o representantes especiales, transigir y someter a árbitros y efectuar todos los actos que son necesarios para salvaguardar los intereses de la Cooperativa; ñ) Otorgar a favor del Gerente, otros empleados o terceros, poderes tan amplios como sean necesarios para la mejor administración siempre que no importen delegación de facultades inherentes a los consejeros. Estos poderes generales o especiales subsistirán aunque el Consejo de Administración haya sido modificado o renovado, mientras no sean revocados por el mismo Consejo de Administración que los otorgó u otro de los que le sucedan; o) Procurar en beneficio de la Cooperativa el apoyo moral y material de las reparticiones nacionales, provinciales o municipalidades, administración de ferrocarriles, empresas de navegación y demás instituciones que directa o indirectamente, puedan propender a la más fácil y eficaz realización de los objetos de la Cooperativa. p) Convocar y asistir a las asambleas ordinarias y extraordinarias y proponer y someter a su consideración todo lo que sea oportuno; q) Redactar la memoria anual para acompañar al balance y cuenta de pérdidas y excedentes correspondientes al ejercicio social que con el informe del síndico y proposición de la distribución de excedentes, presentará a la consideración de la asamblea. A tal efecto, el año económico de la cooperativa terminará el 30 de junio de cada año.- r) Interpretar este Estatuto y resolver todo lo concerniente a la Cooperativa no previsto en el mismo a excepción de las cuestiones expresamente reservadas para las asambleas.

Del Presidente y el Vicepresidente.

Artículo 46º) El presidente es el representante legal de la Cooperativa. Son sus funciones y atribuciones: a) Vigilar el fiel cumplimiento de éste estatuto, de las resoluciones de las Asambleas y del Consejo de Administración, b) Disponer la citación y presidir las reuniones del Consejo de Administración y las asambleas; c) Resolver interinamente los asuntos de carácter urgente dando cuenta al Consejo de Administración en la primera reunión que se celebre; d) Autorizado por el Consejo de Administración firmar conjuntamente con el secretario, el tesorero y el gerente según sea el caso, cheques y todos los documentos que importen compromiso de pago o contrato o que obliguen a la Cooperativa; firmar, conjuntamente con el secretario, todas las escrituras públicas de operaciones que hubiesen sido autorizadas por el Consejo de Administración; firmar conjuntamente con el secretario y tesorero las acciones de la Cooperativa; así como las obligaciones a que se refiere el inciso “h” del artículo 45; e) Poner el visto bueno a todos los balances previa revisión; f) Otorgar todos los poderes de que trata el inciso “ñ” del artículo 45.

Artículo 47º) El Vicepresidente reemplaza al presidente con todos sus deberes y atribuciones en caso de acefalía, ausencia o impedimento, A falta de presidente y vicepresidente y al solo efecto de realizar reuniones, el Consejo de Administración y las Asambleas están facultados para nombrar presidente a uno de los vocales que tendrá los mismos deberes y atribuciones que el titular. En caso de fallecimiento, ausencia o renuncia del vicepresidente  se designará en su reemplazo a un vocal y en lugar de éste a uno de los suplentes.

Del Secretario y Prosecretario

Artículo 48º) Son deberes y atribuciones del secretario: a) Previa resolución del Presidente citar a los miembros del Consejo de Administración a sesiones y a los asociados a Asambleas; b) Registrar las actas de las asambleas y del Consejo de Administración en los libros respectivos y firmarlo con el presidente; c) Refrendar los documentos relacionados con la Cooperativa y autorizar por el presidente; d) Actuar en las sesiones del Consejo de Administración y de las Asambleas y vigilar el archivo social.

Artículo 49º) El prosecretario reemplaza al secretario en caso de ausencia o impedimento de éste por cualquier causa. En caso de fallecimiento, ausencia o renuncia del prosecretario serán de aplicación las disposiciones del artículo 47.

Del Tesorero y Protesorero

Artículo 50º) Los deberes y atribuciones del Tesorero son: a) Firmar con el presidente y secretario las acciones, tomar nota de las transferencias de las mismas; b) Guardar los valores de la Cooperativa y depositarlos en los bancos que se designen y en la forma que resuelva el Consejo de Administración; c) Llevar el registro de socios suscriptores; d) Percibir valores relacionados con la Cooperativa; e) Efectuar los pagos que hayan sido autorizados por el presidente; f) Firmar cheques; documentos; ordenes de pago; etc; g) Presentar mensualmente al consejo un estado del movimiento de los fondos sociales.

Artículo 51º) En caso de ausencia, impedimento o renuncia del Tesorero, lo reemplazará el Protesorero con iguales deberes y atribuciones. Por ausencia o fallecimiento del Protesorero serán aplicables las disposiciones del artículo 47.

Del Síndico

Artículo 52º) Anualmente en las épocas fijadas para la elección del Consejo de Administración la asamblea procederá a la elección de un Síndico Titular y un síndico suplente, cuya funciones serán las que determina la Ley Nacional Nº 11.388 y el Código de Comercio. Los síndicos podrán ser reelectos.

Artículo 53º) El síndico suplente reemplazará al titular en caso de ausencia por cualquier causa, con iguales deberes y atribuciones.

Del Gerente

Artículo 54º) El gerente es el jefe encargado de la administración, de cuya marcha es responsable ante el Consejo de Administración. Los deberes y atribuciones del gerente se consignarán en el correspondiente reglamento.

TITULO VI – De las Asambleas

Artículo 55º) Las asambleas serán ordinarias y extraordinarias. Constituídas legalmente, sus decisiones siempre que no se opongan a las disposiciones de este Estatuto y de las leyes vigentes tienen fuerza de ley para todos los socios.

Artículo 56º) Las asambleas ordinarias tendrán lugar una vez al año dentro de los tres meses de la fecha del ejercicio vencido y será su objeto: a) Elegir en votación secreta los miembros del Consejo de Administración y los Sindicos; b) Considerar la memoria, balance y cuenta de pérdidas y excedentes que deberá presentar el Consejo de Administración con el informe del Síndico; c) Aprobar o modificar el interés de las acciones y el retorno recomendados por el Consejo de Administración y el Síndico; d) Tratar y resolver los sobre los asuntos que figuran en la orden del día, en la que se incluirán las proposiciones del Consejo de Administración y las que se formularen de acuerdo con lo estipulado en el artículo 60; e) Designar dos socios para que juntamente con el presidente y secretario aprueben y firmen el acta de la asamblea.

Artículo 57º) Las asambleas extraordinarias serán convocadas siempre que el Consejo de Administración lo crea conveniente cuando lo solicite el síndico o cuando sean requeridas en petición fundada por un número de socios que represente por lo menos el cinco por ciento del total de los asociados. En este caso la asamblea extraordinaria se convocará para dentro de los treinta días contados desde la fecha de recibo de la petición.

Artículo 58º) Las asambleas se celebrarán en el día y hora fijado siempre que se encuentren presentes la mitad mas uno del total de los socios. Transcurrida una hora después de la fijada para la asamblea sin conseguir quórum, ella se celebrará y sus decisiones serán válidas cualquiera sea el número de socios presentes.

Artículo 59º) Las asambleas serán convocadas con quince días de anticipación por lo menos por medio de anuncios publicados en uno o más diarios del lugar donde tiene su domicilio legal la cooperativa o por medio de circulares dirigidas a los socios a sus respectivos domicilios. Las convocatorias deberán contener en todos los casos, la orden del día a tratarse. Con una anticipación no menor de quince días al que se haya fijado para la asamblea ordinaria, el Consejo de Administración enviará a los socios un estado del Balance, cuenta de pérdidas y excedentes, informe del síndico y memoria de la Cooperativa.

Artículo 60º) En la convocatoria se hará constar los objetos que la motivan no pudiendo tratarse en la asamblea otros asuntos que los expuestos. Reunida la asamblea quedará constituída en sesión permanente hasta resolver todos los puntos incluidos en la orden del día. En las convocatorias de asambleas ordinarias deberán incluirse las proposiciones formuladas por un número no menor del cinco por ciento de los asociados, presentadas por lo menos con treinta días de anticipación a la Asamblea para que puedan ser incluídas en la orden del día.

Artículo 61º) Cada socio deberá solicitar previamente en la Administración de la Cooperativa el certificado de sus acciones que le servirá de entrada a la asamblea, o una tarjeta credencial, si asi lo resolviera el Consejo de Administración; en el cual se hará constar el número y el nombre del socio.

Artículo 62º) Para que el socio tenga votos en la asamblea se requiere: a) Estar al día en el pago de las acciones suscriptas conforme lo establece el artículo 14 inciso “a”; b) Tener una antigüedad mayor a seis meses a la fecha de la asamblea.

Artículo 63º) Todo socio tendrá un solo voto cualquiera sea el número de acciones que posea y por ningún concepto podrá representar a otro socio.

Artículo 64º) Los miembros del Consejo de Administración no podrán votar sobre la aprobación de los balances, ni en las resoluciones referentes a su responsabilidad.

Artículo 65º) Los empleados de la cooperativa podrán poseer acciones pero no tendrán voz ni voto en la asamblea en tanto invistan ese carácter. Solo el gerente tiene voz sin voto en las reuniones del Consejo de Administración y de las Asambleas.

Artículo 66º) Las resoluciones de las asambleas serán adoptadas por mayoría absoluta de votos presentes exceptuando las relativas a las reformas del estatuto para las cuales son requeridas las tres cuartas partes de los votos presentes. La reforma del estatuto se considerará en asamblea extraordinaria convocada al efecto y con los requisitos establecidos en los artículos 57, 58, 59 y 60.

Artículo 67º) Las deliberaciones de las asambleas se harán constar en el libro de actas respectivo. Las actas de las asambleas serán firmadas en forma establecida en el artículo 60, inciso “e”.-

Artículo 68º) Quince días antes de realizarse la asamblea ordinaria el Consejo dispondrá la distribución a los asociados de un ejemplar de la memoria y balance anual como así también del padrón de asociados y pondrá estos documentos a la vista en el local social. Además las convocatorias de las asambleas (ordinarias o extraordinarias) serán comunicadas con quince días de anticipación a la Dirección de Cooperativas del Ministerio de Industria y Comercio de la Nación e Inspección de Sociedades Anónimas de la Provincia de Córdoba, indicando fecha, hora, local y carácter de la Asamblea y agregando la memoria, balance, padrón de socios, demostración de pérdidas y excedentes, e informe del síndico, proyecto de reforma a los estatutos, en su caso, y copia de todo documento sobre el asunto a tratarse.

TITULO VII – De los Excedentes

Artículo 69º) Los excedentes realizados y líquidos que resulten del balance anual, después de acreditados a las acciones integradas un interés que no exceda del 1%  al que cobra el Banco Nación Argentina en sus descuentos, se distribuirán en la siguiente forma: a) 5% al Fondo de Reserva Legal; b) 5% al Fondo de Previsión; c) 90% se devolverá en concepto de retorno a los socios en proporción al consumo de energía eléctrica y a las operaciones efectuadas de conformidad a lo que dispone el inc. diez y siete del Artículo 2º de la Ley 11.388. Por el porcentaje que les corresponda y hasta tanto la cooperativa no cancele las deudas que contrajere por la instalación de la usina, redes y demás implementos necesarios para la iniciación de las actividades especificadas en el artículo 5º, la Asamblea resolverá anualmente si con los intereses y retornos que correspondan a cada socio, serán integradas en primer término, las acciones suscriptas; el remanente si lo hubiera, se entregará en acciones. Las fracciones que no alcanzaran a integrar una acción serán acreditadas en una cuenta especial para aplicarse a la emisión de nuevas acciones integrables con intereses y retornos futuros, si así lo resuelven las Asamblea Ordinarias respectivas.

Artículo 70º) Antes de cerrar el ejercicio anual, se establecerán las amortizaciones correspondientes a las maquinarias, edificios, líneas y materiales, como asimismo las sumas necesarias para la ampliación y renovación de ambas.

Artículo 71º) El importe de los intereses de las acciones y de los retornos será acreditado inmediatamente después de ser aprobado por el asamblea en las cuentas respectivas de los socios, de donde podrán ser retiradas después de treinta días de celebrada la asamblea, siempre que no tengan acciones sin integrar o deudas de otro orden con la Cooperativa en cuyo caso se aplicarán al pago de éstas. Queda limitado este artículo por las restricciones determinadas por el artículo 69 inciso “c” .

Artículo 72º) Los intereses de las acciones y los retornos que no fueran reclamados por los socios dentro del término de cuatro años a contar desde su aprobación por la asamblea se prescribirán a favor de la Cooperativa.

TITULO VIII – Disposiciones Transitorias  

Artículo 73º) El presidente del Consejo de Administración o la persona que este designe queda facultado para gestionar la inscripción y reconocimiento a que se refieren los artículos 5º y 6º de la Ley Nacional Nº 11.388 en la Dirección de Cooperativas del Ministerio de Industria y Comercio de la Nación, como así la obtención de la personería jurídica y la aprobación de éste estatuto por parte del Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba, aceptando las modificaciones de forma que las autoridades respectivas creyeran necesarias.

Desarrollo final de la Asamblea

Al finalizar la lectura del Estatuto Proyectado, se procedió a tratar los puntos finales de la Asamblea, siendo el siguiente desarrollo:

Punto 4º) Suscripción de Acciones, en donde se detalló el monto total por la suma de $ 111.400.- con el detalle de los nombres y aportes que realizo inicialmente cada socio.

Punto 5º) Elección de los miembros Titulares y Suplentes del Consejo de Administración y de un Sindico Titular y un Suplente, cuyo escrutinio se expresa detalladamente:

A todo ello el Sr. Presidente invitó a los suscriptores de acciones a elegir a las personas que regirían los destinos de la Cooperativa, por lo cual se designó una comisión compuesta por los Señores Abdala Zazú, Adolfo Rossi, Luis Guerrero, Carlos T. Bustos, Julio Gómez y Nicolás B. González para recibir los votos y controlar el escrutinio, la cual después de un cuarto intermedio, que duró desde las 12:30 a las 14:20 hs, dio cuenta de su labor informando que habían sido elegidos para Consejeros Titulares los Señores Luis Aguirre (125 votos), José Vila Guerrero (149 votos), Pedro de Amorrortu (152 votos), Dr. Carlos Maria Carena (142 votos), Dr. Luis F.M. Bellodi (149 votos),  Pbro Felipe D’Antona (127 votos), Ing. A.J, Elisavetsky (129 votos), Angel Ferraresi (144 votos) y Abdala Zazú (155 votos). Para Consejeros Suplentes, los Señores Nicolás B. González (146 votos), Casimiro Velasco (133 votos), y Eduardo Marelli (133 votos). Para Síndico Titular el Señor Adolfo Rossi (149 votos) y para Síndico Suplente el Señor Pastor E. Caballero (149 votos).

En el tratamiento del Punto 6º), para la designación de los socios que debían refrendar el acta conjuntamente con el Presidente y Secretario fueron designados los Señores Nicolás B. González y José María Oviedo Allende, por lo que habiéndose concluido el tratamiento completo del Orden del Día, siendo las 15:30 horas se dio por finalizada la Asamblea Constitutiva de la Cooperativa.

N. de la R.: Posteriormente, en la primera reunión del cuerpo el día Lunes 6 de Junio de 1949, se realizó la distribución de cargos por la cual quedó constituido el Primer Consejo de Administración de la Cooperativa, el cual mencionamos detalladamente en el Capítulo 1 de Raíces de Clemic.

Punto 6º) Designación de dos socios que según los Estatutos deban firmar el acta de esta Asamblea, conjuntamente con el Presidente y el Secretario, para lo cual fueron designados por unanimidad los Sres Nicolás B. González, José María Oviedo Allende, para que conjuntamente con el Presidente y Secretario firmen el Acta de Asamblea. Con lo que habiéndose agotado los asuntos incluidos en la orden del día, el Presidente de la Asamblea dio por terminado el acto siendo las quince y treinta horas del día 5 de Junio de 1949.

N. de la R.: En una copia se encuentra la solicitud por parte de las autoridades de la Cooperativa, para la aprobación del Estatuto y el otorgamiento de la Personería Jurídica a la institución, con un Decreto de la máxima autoridad de Córdoba del momento que dice: El Gobernador de la Provincia, Decreta. Artículo primero: Aprobar el Estatuto de la entidad social denominado “Cooperativa Limitada de Electricidad de Mina Clavero”, con asiento en la localidad de Mina Clavero, Departamento San Alberto, y otorgar a la misma el carácter de persona jurídica a sus efectos; cuya copia fuera extendida el día 23 de Setiembre de 1949. El Gobernador de la Provincia de Córdoba en ese momento era el Brigadier Juan Ignacio San Martín, quien, luego de haber triunfado en las elecciones de 1949, gobernó la provincia entre el 12 de Marzo de 1949 y el 2 de Octubre de 1951. Foto: Monocromía de parte de una copia escritural de la aprobación del Estatuto y otorgamiento de la Personería Jurídica.

Los Primeros Accionistas Identificados en el Acta de Constitución de la Cooperativa Ltda de Electricidad de Mina Clavero

Pudimos obtener el registro de los primeros asociados accionistas incluídos en el Acta de Constitución de la Cooperativa del 5 de Junio de 1949 para así generar el compromiso de que la Usina fuera una realidad, aquellos visionarios que acompañaron al Primer Consejo de Administración y durante el transcurso del inicio de vida de la entidad y que es importante, podamos recordarlos siempre, aclarando que tratamos de descifrar todos los nombres; pedimos disculpas si hay algún nombre mal escrito o no identificado. La información que nos brinda el primer informe del Consejo a la Asamblea de Socios, indica que fueron 207 (doscientos siete) el total de socios de la primera suscripción societaria. Posteriormente a este listado, que nombramos por orden alfabético, hubo más registros de asociados con compromiso de suscripción de acciones año tras año que fueron y que son también los protagonistas en la vida de la Cooperativa hasta hoy.

AGUIRRE Luis

ALONSO ROSEL Antonio

ALVAREZ Diego

ARIAS Arturo José

ARGUELLO Sixto

AMATO Salvador

AGUILERA Petrona Vda de

ARIAS Saúl S.

AGUIRRE José J.

AGÜERO Rosa

AGUILERA Julio

AGUIRRE Evaristo

AGUIRRE Octavio

ALLENDE Jerónimo

ALLENDE Andrés E.

ASCHOFF Julio

ALTAMIRANO Juan

AGUILERA Justo

BECERRA Oscar

BELLODI Luis F.M.

BERRETARROSSA Benjamín

BERTOLOTTI Alberto Carlos

BOIOCCHI Pedro

BOSIS Teresa y María

BUJAN Jesús

BUSTOS Segundo S.

BUSTOS Carlos T.

BERNARDO Rosa de

BAZAN Samuel

BIBILONI Miguel A.

BAZZARA Domingo

CABALLERO Pastor

CABALLERO Y CILICELI

CALDERON José

CAÑETI Luis

CARENA Carlos M.

CARLOMAGNO Gerardo

CAPRIZ Lino

CARRARO Moroni Rómulo

CASCALLARES GUTIERREZ Ofelia

CASCALLARES GUTIERREZ Isabel

CAMBERO Eduardo

CITANO Francisco

CORNEJO Gabriel

CORTES Tomas H.

CUELLO José M.

CASASNOVA José

CEBALLOS Rosa de

CUELLO Jesús M.

CRESTA José

CASTRO Elmira y Rita

CORTES Mariano

CASTRO Filemón

CUELLO Mariano

CHARRA José Alejo

CHARRA Alejo Segundo

CHARRA José Maria

CHARRA Fidel

DE LA FUENTE Ernesto José

D’ANGELO Ernesto Gil

DEL BARBA Elide F. de

DELLA VALLE Esteban

DEPETRIS Carlos y Celestino

DOMÍNGUEZ Víctor

DEL BOSCO Santiago

DOMÍNGUEZ Melitón

DELGADO Luis

DOMÍNGUEZ Antonio

D’ANTONA Felipe

DUER Máximo

DOMÍNGUEZ Delfín

DE OLLOQUI Luis Ricardo

DEL RIO Carmen

ESPINA Daniel

ESCUDERO Facundo

FALERA Rosa

FERNÁNDEZ Juan

FAGGIOLI Alberto

FERNÁNDEZ Andrés

FERRARI Hermanos

FERRARESI Angel

FESTA Juan

FISCHER Federico G.

FLOSCO Clemente

FUNES Carlos M.

FONSECA Manuel

FLORES Ramón

GALLARDO Tránsito

GUERRERO Luis

GUZMÁN Jacinto

GOMEZ José Honofre

GARCIA Damián

GONZALEZ Mariano

GONZALEZ LOPEZ Roberto y Fco

GUERRERO Enrique

GUZMÁN Juan Nestor

GARCIA Juan

GOMEZ José Ma.

GOMEZ Casimira de

GONZALEZ Nicolás B.

GOMEZ Julio Raúl

GUZMÁN Ernesto

GONZALEZ Julián

GOMEZ Juan Manuel

GOMEZ Francisco

GONZALEZ Aníbal

HANISCH Carlos

HANISCH Hnos

HOFFMANN Jorge

HOTEL RODRIGUEZ

HERMANAS ESCLAVAS

GIMENEZ Tomás

KELLNER Reinaldo Fco

LEONARD Andrés

LORENZATO Y CHIAPPERO

LORENZATO Juan Carlos

LORENZO Y CAMBERO

LUCENA Antonio

LOPEZ Abdón

LUCENA Miguel

LOPEZ Martín

LOPEZ Horacio

LEON Manuel

LOPEZ Uladislao

MARELLI Eduardo E.

MARELLI Maria E.T. de

MARICONDE Juan A.

MARIN Damián

MARTINEZ Hilarión

MARTINO Hnos y Cía

MATONTE e Hijo Vda de

MOLINA Juan S.

MOLINA Jose Luis

MONTI José

MURUA Ignacio

MARENGO Hnos

MORENO Dora de

MARIOJOULS Humberto

MOLINA Eduardo

MOLINA Jose Andrés

MANZANO F. M. de

MURAT Carlos

MAYA José

MOLINA Belarmino

MIRANDA Angel

MURUA Roberto

MURUA Cruz

MOLINA Tomás

NASSAR Gabriel M.

OVIEDO ALLENDE José María

OYA Antonio

OVIEDO Ricardo

OVIEDO Hugo H.

OVIEDO Beatriz

OVIEDO Arturo

OLIVA Arminda

OVIEDO Luis

PALACIOS Elías

PALLAVICINI Angel

PEDERNERA José

PEREZ FUERTES Higinio

PEREYRA José A.

PEREYRA Juan J.

PONCE Carlos

PONCE José Cipriano

PEDERNERA Rita de

PEREYRA Ramón

PEDERNERA Luis Ma.

RUBIO Juan A.

RODRIGUEZ Joaquín

REYNOSO Cruz

RECALDE Zoraida V. de

ROBERT Fernando

RODRÍGUEZ LAGO Arturo I.

ROSSETTI Domingo

ROSSI Adolfo

RIVERO Arcelia

ROCILLO José

ROCILLO Adolfo

RODRÍGUEZ José

ROSALES Tomás E.

RECALDE Gregoria de

RUBIO Perfecto

ROSSI Josefa I. de

SÁNCHEZ Jerónimo

SIERRAS GRANDES CIA INMOBILIARIA SRL

SUAREZ Antonio (h)

SANTONI Ferdinando

SANTONI Pedro

SÁNCHEZ Domingo E.

SOZZI Adolfo

TOMASELLI Rodolfo

TAPIA Miguel

TESTA Juan

TETI Camilo

VELASCO Casimiro

VEZZOSI Vezosino

VILLA Jose H.

VILA GUERRERO José

VOR

VELOZ Bernabé

VALENCIAGA Eusebio

ELISAVETSKY A.J.

ZAZU Abdón

ZAZU Manir H.

ZAZU Serafín

ZURETTI Julio César

Posteriormente, desde el mismo año 1949, fueron muchos los vecinos que se adhirieron al compromiso societario adquiriendo acciones, a los fines también de acceder a futuro al servicio de energía eléctrica para sus domicilios y/o comercios, tanto para iluminación como para fuerza motriz, y que posteriormente fueron además integrantes de los Consejos de Administración que llevaron adelante la Cooperativa.

Hablemos de Cooperativismo

Este es un espacio especial desde Raíces de Clemic para aportar información histórica, educativa y formativa sobre el movimiento cooperativista, además de difundir sus metas, valores y principios.

Su Historia

Como doctrina socioeconómica y financieramente sostenible ha beneficiado de manera significativa a sus miembros, principalmente poder lograr beneficios para una mejor calidad de vida.

El movimiento cooperativo

Las cooperativas son reconocidas como asociaciones y empresas a través de las cuales los ciudadanos pueden mejorar sus vidas de manera efectiva mientras contribuyen al avance económico, social, cultural y político de su comunidad y país. El movimiento cooperativo también ha sido reconocido como un actor principal en los asuntos nacionales e internacionales.

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